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Periodo de actualización: Trimestral
En su caso 15 días hábiles después de alguna modificación.

Periodo de Conservación de la información: Información Vigente y del ejercicio en curso


Fecha de actualización:

31  de Marzo 2025


Temas de Interes


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Art. 16 Fracción III. En relación con los cuerpos de policía

Fracción III. En relación con los cuerpos de policía preventiva, tanto estatales como municipales, los sujetos obligados deberán publicar, además, la información siguiente:

2025


a) Los mecanismos de supervisión policial y los medios para inconformarse con un reporte de supervisión.


b1) Criterios de evaluación de desempeño policial

 

b2) Informe Anual de desempeño policial

 

c) Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales.

 

d) los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición.


 

e) Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, en los órganos internos de la policía, la disciplina administrativa , la justicia penal y la revisión de comisiones de derechos humanos, así como las medidas adoptadas al respecto.

 E1     E2     E3     E4     E5    E6   E7

f) El plan de seguridad publica, incluyendo diagnostico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación.

 

g) Las convocatorias, plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones, exámenes y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial.

 

h) El programa de capacitación permanente.

 

i) Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo.

 

j) En su caso, las gacetas oficiales que contenga el decreto por le cual el gobierno del estado asume el mando funcional y operativo de los servicios públicos de seguridad publica y policía preventiva del municipio.

2024

2024descargar aquí


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a) Los mecanismos de supervisión policial y los medios para inconformarse con un reporte de supervisión.


b1) Criterios de evaluación de desempeño policial

 

b2) Informe Anual de desempeño policial

 

c) Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales.

 

d) los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición.


 

e) Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, en los órganos internos de la policía, la disciplina administrativa , la justicia penal y la revision de comisiones de derechos humanos, así como las medidas adoptadas al respecto.

 

f) El plan de seguridad publica, incluyendo diagnostico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación.

 

g) Las convocatorias, plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones, exámenes y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial.

 

h) El programa de capacitación permanente.

 

i) Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo.

 

j) En su caso, las gacetas oficiales que contenga el decreto por le cual el gobierno del estado asume el mando funcional y operativo de los servicios públicos de seguridad publica y policía preventiva del municipio.


AREA RESPONSABLE:

Seguridad Pública


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